Jueves, 2 de Septiembre de 2010
INFORMACIÓN
COMUNICACIÓN

MUNICIPALIDADES DEBERÁN INICIAR DESARROLLO DE PROGRAMACIÓN ESTRATEGICA Y LOS INDICADORES DE DESEMPEÑO

Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, El Peruano del 12 de diciembre del 2006

La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 establece que en el presente año los gobiernos regionales y los gobiernos locales deberán iniciar el desarrollo de la Programación Estratégica y los indicadores de desempeño, a fin de aportar información para la gestión basada en resultados. Para este fin, la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas les brindará la asistencia correspondiente.

La Programación Presupuestaria Estratégica se introduce en todo el Sector Público en el proceso de programación del presupuesto de 2008, como instrumento específico orientado a la articulación de los planes estratégicos sectoriales e institucionales con la programación presupuestal. Los lineamientos y las metodologías serán desarrolladas por la DNPP en un plazo que no excederá el 12 de abril del 2007. La sustentación de los proyectos de presupuesto para el 2008 será sobre la base de la información generada por los indicadores de resultados.

Categoría: Gestión Presupuestal

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